Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
16-03-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210316-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2

92
Móstoles número 2. Procedimiento 62/2016

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal (250.2) 62/2016 entre D.FERNANDO MOSCARDO ESQUIVIAS representado por el Procurador D. Gerardo Muñoz Luengo y Dña HANNA MARIANNA ESQUIVIAS MOSCARDO en reclamación de 5.476 euros, en los que se ha dictado en fecha 12/05/2017 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador SRA. GRUESO ROBLEDANO en nombre y representación de FERNANDO MOSCARDÓ ESQUIVIAS contra HANNA MARIANNA ESQUIVIAS MOSCARDÓ debo condenar y condeno a HANNA MARIANNA ESQUIVIAS MOSCARDÓ a que abone a FERNANDO MOSCARDÓ ESQUIVIAS la cantidad de 5.476 euros con los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Todo ello con expresa condena en costas de HANNA MARIANNA ESQUIVIAS MOSCARDÓ.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el término de veinte días, que será sustanciado y resuelto por la Iltma. Audiencia Provincial de Madrid. En el momento de la preparación del recurso de apelación la parte apelante deberá constituir depósito por la cuantía de 50 euros, bajo advertencia de inadmisión.

Llévese el original de esta resolución al Libro de Sentencias Civiles, que al efecto existe en la Secretaría de este Juzgado, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dña. HANNA MARIANNA ESQUIVIAS MOSCARDO y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(02/4.167/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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