Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
22-03-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210322-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

91
Madrid número 2. Ejecución 13/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Laura Carrión Gómez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 13/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GEMA ORTEGA GÓMEZ frente a FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y PASTELERÍAS NAHUEL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Auto despachando ejecución de fecha 22/02/2021 cuyo contenido se encuentra a disposición en la secretaría del Juzgado.

Diligencia de ordenación, el/la letrado/a de la Admón. de Justicia, D./Dña. Laura Carrión Gómez.—En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.

De conformidad con lo dispuesto en el Auto de este Juzgado dictado en el día de la fecha, y en virtud de lo preceptuado en los arts. 280 y 281 de la L.R.J.S., se acuerda citar a las partes Dña. GEMA ORTEGA GÓMEZ, PASTELERÍAS NAHUEL SL y FOGASA a la comparencia incidental que se celebrará el próximo día 19/05 /2021 a las 12.50 horas en la Sala de Vistas de este Juzgado, haciéndoles la advertencia de que en caso de no comparecer la parte actora o representante legal se le tendrá por desistido de su solicitud y en caso de no comparecer la empresa o representante legal se celebrará el acto sin su presencia, sirviendo la notificación de la presente resolución a las partes de citación en legal forma.

Y para que sirva de notificación y citacion en legal forma a PASTELERÍAS NAHUEL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.725/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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