Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210323-96

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

96
Madrid número 7. Procedimiento 87/2020

EDICTO

Que en el procedimiento 87/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. IRENE FERNANDEZ GOMEZ frente a D./Dña. SONIA DE DIEGO GAFO sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.º 412/2020

En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil veinte.

Vistos por la Ilma. Sra. D.ª Ana M.ª Sánchez Macías, Magistrada-Juez, en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social n.º 7 de los de Madrid, los autos n.º 87/2020, seguidos a instancia de D.ª IRENE FERNÁNDEZ GÓMEZ, asistida por el Letrado D. José María Pajares Moral, contra la empleadora D.ª SONIA DE DIEGO GAFO, que actúa en su propio nombre y representación, sobre despido y reclamación de cantidad.

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D.ª Irene Fernández Gómez frente a D.ª Sonia De Diego Gafo:

1.- Declaro IMPROCEDENTE el despido de D.ª Irene Fernández Gómez efectuado por D.ª Sonia De Diego Gafo, así como extinguida la relación laboral que une a las partes con efectos desde la fecha de esta resolución.

2.- Condeno a D.ª Sonia De Diego Gafo a pagar a D.ª Irene Fernández Gómez las cantidades de:

— 986,15 euros, en concepto de indemnización por despido.

— 6.678,28 euros de salarios de tramitación, sin perjuicio de realizar los oportunos descuentos de las sumas que haya podido percibir el demandante en concepto de prestaciones por desempleo o de salarios derivados de la realización de un posterior trabajo.

— 273,35 euros, en concepto de indemnización por incumplimiento del deber de preaviso.

— 400,91 euros ateniente a salarios no abonados, más el recargo del 10% de interés por mora en el pago.

MODO IMPUGNACION: Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación, designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá depositar en la cuenta de depósito y consignaciones judiciales la cantidad de 300 euros -n.º 2505-0000-61-0087-20 de BANCO SANTANDER-, aportando el resguardo acreditativo, aportando resguardo acreditativo (arts. 194 y 229 LRJS).

Por esta sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. SONIA DE DIEGO GAFO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.832/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210323-96