Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2021

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210324-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 1

106
Madrid número 1. Procedimiento 529/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 529/2017, entre Rotocobrhi, S. A. U., y Duet Imagen y Comunicación, S. L., y don Alejandro Crespo Domínguez, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 74/2021

En Madrid, a 3 de marzo de 2021.—Vistos por don Carlos Nieto Delgado, magistrado del Juzgado de lo mercantil número 1 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 529/2017, seguidos a instancia de don Ignacio Melchor De Gruña, procurador de los tribunales, y de Rotocobrhi, S. A. U., frente a Duet Imagen y Comunicación, S. L., y don Alejandro Crespo Domínguez en situación de rebeldía procesal, sobre responsabilidad de administradores.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Rotocobrhi, S. A. U., frente a Duet Imagen y Comunicación, S. L., y don Alejandro Crespo Domínguez, por lo que debo condenar y condeno a los demandados a abonar de forma solidaria a la parte demandante la cantidad de 20.468,36 euros, más intereses, que serán los moratorios prevenidos en la Ley 3/2004, en el caso de Duet Imagen y Comunicación, S. L.

Con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes personadas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado y para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

En el escrito de recurso deberá acreditar el recurrente haber consignado en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 50 euros, conforme a lo dispuesto por la disposición decimoquinta de la LOPJ en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, siendo este requisito necesario para su admisión a trámite.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—La sentencia que antecede ha sido firmada y publicada por el magistrado-juez que la suscribe de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación a Duet Imagen y Comunicación, S. L., y don Alejandro Crespo Domínguez, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 4 de marzo de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(02/8.924/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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