Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210324-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

116
Madrid número 7. Ejecución 29/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA BELÉN GÓMEZ RODRÍGUEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 29/2021 autos 1305/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido frente a INDIVIOR ESPAÑA, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado diligencia de ordenación y liquidación de intereses de fecha 23/2/2021.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012, de la secretaría General de Administración de Justicia, haciéndose saber a los interesados que la citada resolución está a su disposición en la Secretaria de este juzgado.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LJS).

Y para que sirva de notificación en legal forma a INDIVIOR ESPAÑA, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 24 de febrero de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/7.158/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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