Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2021

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210324-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Administración Local sobre la clasificación del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Viceintervención del Ayuntamiento de Arganda del Rey.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento Arganda del Rey, creación del puesto de colaboración, al puesto de Secretaria, denominado Viceintervención, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Intervención-Tesorería, categoría Superior, adoptado por pleno en sesión de 15 de junio de 2017 y 5 de julio de 2017. Con fecha 4 de marzo de 2021 se remite documentación complementaria.

Consta en el expediente: Certificado de Secretaria del acuerdo de Pleno de fecha 15 de junio de 2017, en el que se aprueba el presupuesto para el ejercicio 2017, y en que se dota económicamente el puesto de Viceintervención; acuerdo de pleno de fecha 5 de julio de 2017, de aprobación definitiva de la Relación de puestos de trabajo; Certificado de Secretaria del acuerdo de Pleno de fecha 17 de noviembre de 2020 de solicitud a la Comunidad de Madrid de clasificación del puesto de colaboración a la Secretaria, denominado Vicesecretaría, subescala Secretaría, categoría Entrada, solicitud a la Comunidad de Madrid de clasificación del puesto de Viceintervención, subescala Intervención-Tesorería, categoría Superior.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales puedan crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de secretaría, intervención y tesorería, correspondiendo su clasificación a las Comunidad Autónomas. Que estos puestos serán clasificados a propuesta de la corporación y estarán reservados a funcionarios de habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría que proceda.

Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se debe concluir que la competencia para la creación del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha clasificación.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local,

HE RESUELTO

1. Clasificar, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de colaboración, al puesto de Secretaria, del Ayuntamiento de Arganda del Rey, denominado Viceintervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la subescala Intervención-Tesorería, categoría Superior, forma de provisión concurso, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento en sesión de pleno de fecha 15 de junio de 2017 y 5 de julio de 2017, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Arganda del Rey.

5. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Vivienda y Administración Local o ante el Director General de Administración Local en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 12 de marzo de 2021.—El Director General de Administración Local, José Antonio Sánchez Serrano.

(03/9.445/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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