Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2021

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210324-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
Valdilecha. Régimen económico. Ordenanza fiscal ocupación de vía pública

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de vía pública con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2020, y finalizado el plazo de presentación de alegaciones sin que conste la presentación de ninguna, ha quedado aprobada definitivamente.

De conformidad con lo que establece el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la modificación citada, no cabrá otro recurso que el contencioso-administrativo, que se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Texto modificado:

“Disposición Adicional Primera

Con el fin de paliar los efectos desastrosos de la grave crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19, desde el día 16 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, queda suspendida temporalmente la eficacia de lo establecido en la presente ordenanza para la ocupación de la vía pública con mesas y sillas.

A la ocupación permanente de la vía pública con elementos fijos desmontables o transportables, únicamente se le aplicará la suspensión temporal excepcional establecida en la presente disposición, durante el período comprendido entre el 16 de marzo y el 31 de mayo.

Se prorroga para el ejercicio 2021 la suspensión temporal a que hace referencia el párrafo primero de esta Disposición Adicional”.

La presente modificación será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

En Valdilecha, a 11 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, José Javier López González.

(03/9.028/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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