Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2021

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210325-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

71
Madrid. Sección Vigésima. Procedimiento 284/2020

Sección Vigésima

EDICTO

En virtud de lo acordado en el Recurso de Apelación 284/2020, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por *****, frente a *****, al estar en ignorado paradero la parte apelada Dª. AURORA MORENO CONTRERAS, por resolución de 01-03-2021, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156 apartado 4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Tablón de anuncios del Juzgado, para llevar a efecto la diligencia de notificación de la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 13-11-2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de ***** contra la sentencia de fecha 22 de enero de 2020, recaída en juicio verbal seguido con el nº 594/2017 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid, confirmando dicha resolución en todos sus pronunciamientos, y se imponen a la parte recurrente las costas originadas por su recurso, sin perjuicio de que en su exacción deberá tenerse en cuenta que tiene reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

La presente resolución se notificará en legal forma a las partes, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a Dª. AURORA MORENO CONTRERAS, expido la presente en Madrid, a uno de marzo de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCIÓN

Fdo.: Dña. ANA MARÍA PITA LÓPEZ

(03/7.382/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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