Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210325-80

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 36

80
Madrid número 36. Procedimiento 2086/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 2086/2019 entre D./Dña. JULIO MARIO OROZCO LOPEZ y D./Dña. RODRIGO ARIEL SANTACRUZ GONZALEZ por un presunto delito de Amenazas, en cuyos autos se ha dictado las siguientes resoluciones:

SENTENCIA Nº 238/2020

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARÍA JOSÉ ORTEGA MORENO.

Lugar: Madrid.

Fecha: diecinueve de noviembre de dos mil veinte.

FALLO

Que debo condenar y condeno a JULIO MARIO OROZCO LOPEZ como responsable en concepto de autor de un delito leve de amenazas a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros, es decir, ciento ochenta euros -180 euros- multa que caso de impago e insolvencia podrá ser sustituida por un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

El importe de la condena deberá ingresarse en la cuenta de este Juzgado en el Banco de Santander número 2556-0000-A1-2086-20.

Se condena al denunciado al pago de las costas, si las hubiere.

Así lo ordeno, mando.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación para su resolución por la ILMA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID y ello en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, periodo en el que se se hallarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes, debiendo formalizarse y tramitarse el recurso conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la LECR.

PUBLICACIÓN.-Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que suscribe, estando celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

AUTO

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. MARÍA JOSÉ ORTEGA MORENO.

Lugar: Madrid.

Fecha: 23 de noviembre de 2020.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO.- En este Juzgado de mi cargo se sigue Juico sobre Delito Leve número 2086/2019, seguido por un delito de amenazas, habiéndose dictado Sentencia el 19 de Noviembre de 2020 donde figura en el Fallo que se condena a JULIO MARIO OROZCO LOPEZ, cuando en realidad debería decir que se condena a RODRIGO ARIEL SANTACRUZ GONZALEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- En el presente se resuelve la aclaración de la Sentencia de fecha 19 de Noviembre de 2020, cuando como en el presente caso, se ha producido un error material, conforme establece el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el artículo 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuando se produce una omisión material, como en el presente caso, que aparece que se condena a JULIO MARIO OROZCO LOPEZ, cuando en realidad debería decir que se condena a RODRIGO ARIEL SANTACRUZ GONZALEZ.

VISTOS los preceptos legales y demás de general aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

Se realiza ACLARACIÓN de la Sentencia de fecha 19 de noviembre de 2020, en el sentido de hacer constar en el Fallo que “se condena a RODRIGO ARIEL SANTACRUZ GONZALEZ”.

Contra esta resolución cabe RECURSO DE REFORMA en el plazo de TRES DÍAS que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.—El/La Juez/Magistrado-Juez. El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

PROVIDENCIA

EL/LA JUEZ / MAGISTRADO/A JUEZ QUE LA DICTA: D./Dña. MARÍA JOSÉ ORTEGA MORENO.

Lugar: Madrid.

Fecha: 10 de diciembre de 2020.

Dada cuenta; Por presentado el anterior escrito por la Procuradora de los Tribunales ANA MARIA LOPEZ REYES en nombre y representación de RODRIGO ARIEL SANTACRUZ GONZALEZ, únase a los autos de su razón.

Se tiene por interpuesto en tiempo y forma, recurso de apelacion contra la sentencia dictada el 13/11/2020, el cual se admite a trámite.

Dese traslado del mismo a las demás partes personadas por el plazo común de cinco dias, a fin de que si lo estiman conveniente presenten escrito de impugnación o adhesión y una vez trascurrido dicho plazo, elévense los presentes autos a la Audiencia Provincial, con todos los escritos presentados.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma en el plazo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. JULIO MARIO OROZCO LOPEZ expido y firmo la presente.

En Madrid, a 24 de febrero de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/7.315/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210325-80