Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210325-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 6

93
Valdemoro número 6. Procedimiento 6/2017

EDICTO

Doña M. Auxiliadora López Fernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 6/2017, instados por el procurador don Carlos Guadalix Hidalgo, en nombre y representación de don José María Martínez Rodríguez, contra Oyser Expertos Sociedad Cooperativa, en reclamación de 6.142,49 euros, en los que se ha dictado en fecha 27 de marzo de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando parcialmente la demanda deducida por el procurador de los tribunales señor Guadalix Hidalgo, en nombre y representación de don José María Martínez Rodríguez, contra la mercantil Oyser Expertos, Sociedad Cooperativa, debo condenar y condeno a Oyser Expertos, Sociedad Cooperativa, a que haga pago a don José María Martínez Rodríguez de la cantidad de 4.011,37 euros, con más el interés legal de dinero incrementado en dos puntos, que comenzará a devengarse desde la fecha de esta sentencia hasta el completo pago de la total suma adeudada; todo ello con obligación de que cada una de las partes litigantes abone las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe interponer en el plazo de veinte días desde su notificación recurso de apelación, ante este Juzgado, del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo constituir con carácter previo un depósito de 50 euros de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.a de la LOPJ.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Oyser Expertos Sociedad Cooperativa y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Valdemoro, a 24 de junio de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.130/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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