Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210326-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6

206
Málaga número 6. Procedimiento 12/2020

EDICTO

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE MALAGA.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 12/2020, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de JUAN MIGUEL ROMERO VILLANUEVA contra GRUPO EXCELTIA SA, en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

SENTENCIA nº 73/2021

En Málaga, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.-

Vistos por Dª Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número seis de Málaga, los precedentes autos número 12/2020 seguidos.a instancia de D. JUAN MIGUEL MORENO VILLANUEVA (DNI nº76.6400.360-J ), asistido por Letrado/a Sr/a. López López, frente a la empresa GRUPO EXCELTIA, S.A. (CIF nº A-82213703), que no comparece, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

FALLO

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. JUAN MIGUEL MORENO VILLANUEVA, frente a la empresa GRUPO EXCELTIA, S.A. (CIF nº A-82213703), sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, debo condenar y la empresas demandada a que abone a la parte demandante la cantidad de 1.627,17 euros, mas el 10% del interés moratorio sobre los conceptos salariales.

Y para que sirva de notificación en forma a GRUPO EXCELTIA SA, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la COMUNIDAD DE MADRID con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

(03/7.614/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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