Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2021

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210329-30

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

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ORDEN 117/2021, de 15 de febrero, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Turismo para el año 2021.

Dentro del marco referencial de equilibrio presupuestario y de acuerdo con los principios inspiradores de estabilidad y de crecimiento económico, se considera imprescindible continuar desempeñando una acción subvencional en el sector del turismo de nuestra región, bajo el prisma siempre de la racionalización, la eficacia y la transparencia, para incrementar la eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público en el ámbito de subvenciones.

La técnica de la subvención se erige como herramienta de potenciación del sector turístico de la región, pues permite tanto el fomento como la promoción del mismo, fuente generadora de empleo e ingresos para la economía madrileña.

La actividad subvencional de la Administración Pública ha de planificarse para poder realizar una asignación equitativa, eficaz, eficiente y económica de los recursos públicos, con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho, de acuerdo con los principios establecidos en los artículos 31.2 y 103.1 de la Constitución Española.

Puesto que las subvenciones son una herramienta para la implementación de políticas públicas, que presentan una relevancia cuantitativa y cualitativa, y dada también ausencia de contraprestación en la concesión de subvenciones, deviene especialmente necesario efectuar una planificación de las actuaciones y la determinación de los objetivos a alcanzar.

Uno de los instrumentos de planificación es el Plan Estratégico de Subvenciones, regulado con carácter básico, en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS). En la normativa autonómica, el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid (LSCM) establece la necesidad de concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo para alcanzarlos, estimación de costes y fuentes de financiación, en el marco siempre de la estabilidad presupuestaria.

Como ya ocurrió en el ejercicio 2020, para el ejercicio 2021 se va a proceder a prorrogar los presupuestos del ejercicio 2019, ante la imposibilidad de conocer los ingresos con los que la Comunidad de Madrid va a contar en 2021, hasta tanto se lleve a cabo la aprobación de los nuevos presupuestos para 2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

En dicho ejercicio 2021, al igual que en 2020 y 2019, y en cumplimiento de los principios de equilibrio presupuestario, estabilidad y de crecimiento económico, se considera imprescindible continuar desarrollando la acción subvencional en el sector del turismo de nuestra Comunidad.

Ante la situación de pandemia actual, motivada por el COVID-19, se considera adecuado el apoyo para el establecimiento o mejora de infraestructuras, suministro e instalaciones de equipamiento vinculados a productos y servicios turísticos, que incidan en la sostenibilidad, accesibilidad, digitalización y seguridad ante el COVID-19, con objeto asimismo de poner en valor de los destinos turísticos de la Comunidad de Madrid.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo para 2021 pretende conseguir los siguientes objetivos:

a) Establecimiento y mejora de infraestructuras, suministro, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios turísticos locales de carácter público, que redunden en la consolidación y el desarrollo de productos turísticos.

b) Crear una oferta de calidad en el sector turístico rural, además de impulsar las actividades complementarias en el sector.

c) Apoyar el desarrollo y consolidación del producto de enoturismo.

d) Contribuir a la mejora de la competitividad del sector turístico de la región, impulsando la diversificación y la especialización de los productos turísticos.

e) Fomentar el desarrollo del turismo accesible, a través de ayudas para la adaptación en términos de accesibilidad universal.

f) Contribuir al desarrollo del turismo sostenible y de calidad, así como a la desestacionalización de los destinos, a través del apoyo a los itinerarios turísticos mediante trenes históricos de la Fundación de Ferrocarriles Españoles.

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo para el año 2021, que se incorpora como Anexo a la presente Orden.

En Madrid, a 15 de febrero de 2021.

La Consejera de Cultura y Turismo, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO PARA EL AÑO 2021

Según el artículo del artículo 26.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, esta tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de turismo.

Mediante el Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en su artículo 14 se determina que corresponden a la Consejería de Cultura y Turismo las competencias atribuidas a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, a excepción de la materia relativa a deportes.

Por el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, se modifica la estructura básica de las Consejerías y en su artículo 13 se determina que la Dirección General de Turismo se integra en la Viceconsejería de Cultura y Turismo.

Mediante Decreto 280/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo. De conformidad con el artículo 9 del citado Decreto, la Dirección General de Turismo asume, entre otras, la competencia correspondiente a la coordinación y planificación de la actividad turística, así como el fomento del sector turístico y la sostenibilidad.

La Dirección General tiene entre sus objetivos incrementar los flujos turísticos de la Región, consolidar y proteger en tejido empresarial turístico, además de contribuir a la generación de empleo en dicho sector, de gran importancia estratégica como factor reequilibrador de las cuentas exteriores de la economía española. Ello se canaliza mediante el desarrollo de actuaciones estratégicas que permitan afianzar e impulsar su posición en el ámbito turístico.

Deviene fundamental continuar implementando acciones de potenciación de los recursos turísticos en las áreas geográficas de la Comunidad, para incrementar así la calidad del sector turístico de la Comunidad de Madrid, con efectos fortalecedores para el crecimiento de la región.

1. Ámbito normativo competencial

El Plan Estratégico tiene como referencia las siguientes normas:

— La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura básica de las Consejerías.

— Decreto 280/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo.

2. Objetivos

Con el presente Plan Estratégico de Subvenciones la Dirección General de Turismo pretende:

— Que el turismo y todos los agentes que en él intervienen tomen parte en una estrategia en común y contribuyan a transformar nuestro modelo turístico en la dirección que indican los Objetivos de Desarrollo Sostenible para lograr, una región capaz de mantener y de mejorar su calidad de vida, protegiendo a la vez el futuro de nuestro planeta.

— Establecimiento, mejora de infraestructuras, suministro, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios turísticos locales de carácter público, que redunden en la consolidación, reactivación y sostenibilidad del turismo en la Comunidad de Madrid.

— Acometer proyectos que ayuden a superar la excepcional situación de emergencia en salud pública y que incidan en la sostenibilidad, accesibilidad, digitalización y seguridad ante el COVID-19.

— Promocionar y potenciar los recursos turísticos de sus diferentes áreas geográficas, para contribuir al desarrollo de una oferta turística sólida y atractiva que redunde en la generación de empleo y de ingresos económicos para la región madrileña.

— Contribuir al desarrollo de nuevos recursos turísticos, que permitan crear una oferta turística más atractiva y participativa.

— En relación al producto de enoturismo, apoyar al desarrollo y consolidación de la Asociación Madrid Rutas del Vino. Se harán nuevas propuestas de viaje para viajeros en coche o para los que prefieran moverse en bicicleta o andando, rutas que incluirán la interpretación patrimonial y del territorio, además de las bodegas, enotecas y museos de la cultura del vino.

— Promover acciones de desarrollo sostenible en el sector turístico, mediante la creación de itinerarios turísticos a través de los trenes históricos de la Fundación Española de Ferrocarriles.

— Dotar a la región de una oferta turística diversificada.

— Contribuir a la adaptación en términos de accesibilidad universal, a las oficinas de turismo con que cuenten los municipios de la región.

3. Costes presupuestarios y cuantía de la subvención

Los costes presupuestarios que destinará la Dirección General de Turismo a estas políticas durante el año 2021 se cuantifican en cuatrocientos mil euros (400.000,00 euros), con el siguiente desglose:

— Se imputará a la partida 48058 “Madrid Rutas del Vino”, del Programa 432A, un importe de cien mil euros (100.000,00 euros) para apoyo al desarrollo y consolidación del enoturismo.

— Se imputará a la partida 48153 “Fundación Española de Ferrocarriles” un importe de cien mil euros (100.000,00 euros), para fomento del turismo sostenible y de calidad, impulsando además destinos Patrimonio Mundial de la UNESCO.

— Se imputará a la partida 76309 “Corporaciones locales”, del Programa 432A, la cantidad de doscientos mil euros (200.000,00 euros), destinados a la mejora de infraestructuras, suministro e instalaciones equipamiento vinculados a productos y servicios turísticos que incidan en la sostenibilidad, accesibilidad, digitalización y seguridad.

4. Resultados perseguidos

Potenciar la competitividad y el crecimiento económico del sector turístico madrileño con criterios de calidad, en el servicio y seguimiento de todos los agentes implicados para mejorar resultados y planteamientos actuales.

Contribuir a un desarrollo equilibrado y sostenible de los destinos turísticos de la Comunidad de Madrid, para lograr, una región capaz de mantener y de mejorar su calidad de vida, protegiendo a la vez el futuro de nuestro planeta.

Revestir a la Comunidad de Madrid de una oferta turística sólida, sostenible, diversificada y de calidad.

Apoyar proyectos que incidan en la sostenibilidad, accesibilidad, digitalización y seguridad ayuden a superar la excepcional situación de emergencia en salud pública y ante el COVID-19.

5. Requisitos de los beneficiarios

Los beneficiarios de estas subvenciones deberán cumplir las obligaciones establecidas en las bases reguladoras y convocatorias correspondientes de las ayudas.

6. Plazos

El Plan se va a desarrollar en el espacio temporal correspondiente al ejercicio presupuestario 2021.

7. Sistema de evaluación

Se utilizarán los siguientes:

— Análisis y estudio de los proyectos presentados con carácter previo a la concesión de la ayuda.

— Elaboración y valoración de los proyectos por una Comisión de Evaluación.

— Justificación por los beneficiarios de los gastos subvencionados.

(03/9.623/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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