Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210330-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5

63
Coslada número 5. Procedimiento 278/2019

EDICTO

Doña Montserrat Aguilera Lara, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Coslada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 278/2019, instados por el procurador D. Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de Grupomaq Encofrados y Servicios Generales, S. L., contra Construcciones Danylex, S. L., en los que se ha dictado en fecha 1 de junio de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por Grupomaq Encofrados y Servicios Generales, S. L., representada por el procurador de los tribunales don Ignacio Argos Linares, frente a Construcciones Danylex, S. L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 3.456,81 euros, más el interés de demora previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución; con imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de su notificación, y de cuya deliberación y fallo conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Así por ésta, mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, Construcciones Danylex, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a en la Secretaría de este Tribunal.

En Coslada, a 2 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.167/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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