Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210331-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4

104
Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 923/2018

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos número 923/2018, por no ser conocido el domicilio de doña Salome Atehortua Montoya, por resolución de 4 de septiembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de 4 de septiembre de 2020.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador señor Hernández Berrocal, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., contra doña Salome Atehortua Montoya, condenando a la demandada a abonar a la actora la cantidad 8.748,01 euros, más los intereses moratorios pactados, al tipo del 10,99 por 100, desde la interposición de la demanda, y con expresa condena en costas de la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en apelación en este Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455, 458 y siguientes de la LEC.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La presente sentencia ha sido dada, leída y publicada por la ilustrísima señora magistrada-jueza que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública en mi presencia, la letrada de la Administración de Justicia de este Juzgado.—Doy fe.

Y para que sirva de a doña Salome Atehortua Montoya, expido y firmo la presente.

Torrejón de Ardoz, a 4 de septiembre de 2020.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/27.548/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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