Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210331-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

126
Madrid número 4. Ejecución 46/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 46/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON KEVIN ANGELLO LEÓN VELIZ frente a BIG FISH SEAFOOD COMPANY, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, DON KEVIN ANGELLO LEÓN VELIZ, frente a la demandada BIG FISH SEAFOOD COMPANY, S. L., parte ejecutada, por un principal de 2.998,43 euros, más 449,76 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2502-0000-64-0046-21.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a BIG FISH SEAFOOD COMPANY, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 2 de marzo de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.098/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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