Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210331-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

186
Madrid número 39. Procedimiento 9/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 9/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA NIEVES LOPEZ DE RUEDA PACHECO frente a JOBIN APP SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 1-3-21 con la parte dispositiva siguiente:

“PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. MARIA NIEVES LOPEZ DE RUEDA PACHECO con la empresa JOBIN APP SL, condenando a esta a que abone a aquella la cantidad de 1.708,74 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de 3.230 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 4283-0000-64-0009-21 y para pagos en ventanilla 4283-0000-64-0009-21.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARIA LUZ RICO RECONDO.

EL MAGISTRADO-JUEZ”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JOBIN APP SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.203/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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