Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210331-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERVERA DE BUITRAGO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cervera de Buitrago. Régimen económico. Calendario fiscal

Aprobación calendario fiscal 2021.—Por resolución de Alcaldía de 9 de marzo 2021 se acuerda la aprobación del calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del año 2021.

Del 1 de agosto al 30 de septiembre estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana y rústica).

— Impuesto sobre bienes de características especiales.

— Impuesto sobre actividades económicas.

El ingreso de las cuotas en período voluntario se realizará a través de la entidad bancaria colaboradora (Banco Santander), en las fechas anteriormente referenciadas.

Los recibos domiciliados se pasarán al cobro en la primera quincena del período de pago voluntario del período de pago voluntario.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En Cervera de Buitrago, a 9 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Isidro Parra Acebedo.

(01/10.263/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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