Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2021

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210331-93

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

93
Madrid. Sala de lo Social. Sección Segunda. Procedimiento 822/2020

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JULIA SEGOVIANO ASTABURUAGA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 2 de lo Social, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 822/2020 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de PATRONATO SOCIOCULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS y AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS frente a D./Dña. DANIEL GONZALEZ MOLINA y GRUPO EXCELTIA SA sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número: 213/2021

Ilmos. Sres.

D./Dña. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

D./Dña. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

D./Dña. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA

En Madrid a tres de marzo de dos mil veintiuno habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación 822/2020, formalizado por el/la PATRONATO SOCIOCULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS y el AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, contra la sentencia de fecha 1 de septiembre de 2020 dictada por el Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 1216/2019, seguidos a instancia de D./Dña. DANIEL GONZALEZ MOLINA frente a PATRONATO SOCIOCULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS, AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS y GRUPO EXCELTIA SA, en reclamación por Resolución contrato y Cantidad, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

FALLAMOS

Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación del PATRONATO SOCIOCULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS y AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 21 de los de Madrid de fecha1 de septiembre de 2020, dictada en virtud de demanda presentada por D. DANIEL GONZÁLEZ MOLINA en reclamación de RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y CANTIDAD, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, condenando a la demandada recurrente a abonar al letrado que ha impugnado su recurso la cantidad de 400 euros, en concepto de honorarios.

Dese a los depósitos y consignaciones que se hayan constituido el destino legal.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO EXCELTIA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 4 de marzo de 2021

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.188/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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