Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210406-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

142
Madrid número 12. Procedimiento 1277/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1277/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gavril Ilie Pintea, frente a Mario Tataran Reformas y Construcciones, S. L., y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que, con estimación de la demanda formulada por don Gavril Ilie Pintea, frente a Mario Tataran Reformas y Construcciones, S. L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.418,70 euros, así como al pago del interés moratorio del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Este interés deberá calcularse únicamente sobre las cantidades salariales adeudadas al deudor, cuyo importe es de 2.325 euros.

Asimismo debo condenar y condeno, de forma subsidiaria, al Fondo de Garantía Salarial, dentro de los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo saber que contra la misma, que es firme, no cabe recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Mario Tataran Reformas y Construcciones, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 5 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.540/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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