Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2021

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210406-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

68
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 26 de marzo de 2021 (urg.), por la que se convocan las subvenciones para el Programa fuenconectad@s (Fuentablet-Fuentic) correspondientes al año 2021.

BDNS 555486

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarios en esta convocatoria los centros educativos que aparecen relacionados en el Anexo V de la convocatoria, ubicados en el municipio de Fuenlabrada, y que se resumen a continuación:

— 35 CEIPS.

— 2 CEIPSOS.

— 2 CPEE (Colegios de Educación Especial).

— 1 Escuela de Adultos “Paulo Freire”.

— 1 Escuela de Idiomas EOI.

— 14 Institutos de Educación Secundaria.

— 11 Colegios concertados.

— 14 Escuelas infantiles.

— 2 Casas de Niños/as.

Segundo. Objeto.—Las ayudas económicas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva. El objeto es promocionar el uso, de forma racional y sostenible, de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones entre sus niños/as y jóvenes en los centros educativos del municipio,

Con el programa Fuenconectad@s 2021 se unifican dos líneas de actuación distintas y complementarias: Fuentic, que subvenciona a los centros educativos la adquisición de equipamiento TIC; y Fuentablet, destinada a la adquisición de dispositivos electrónicos, tabletas que el centro educativo prestará a sus alumnos/as para la educación a distancia o la realización de tareas en el propio centro que requieran de estos dispositivos.

Los gastos objeto de subvención de la primera línea de Fuenconectad@S Fuentic podrán ser tanto inventariables como no inventariables que contribuyan a la consecución de los objetivos de la convocatoria a través de Equipamiento TIC. Los gastos objeto de subvención de la segunda línea de Fuenconectad@ Fuentablet serán exclusivamente la adquisición de tabletas (se subvencionará hasta un máximo de 200 euros por tableta) que serán propiedad del centro educativo y que se prestarán a los alumnos/as que el centro considere.

Los proyectos objeto de subvención serán los realizados entre el 1 de enero y el 30 de diciembre de 2021 inclusive.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.

— Fuentic: el importe asignado a estas ayudas es de 141.636 euros en la partida presupuestaria 5031-326-48900 (RC número 2021.2.0017868.000) distribuidas por grupos y categorías, según detalle:

— Fuentablet: el Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará la cantidad de 800.000 euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 5031/326/78900, con los siguientes importes máximos a subvencionar por cada uno de los centros, clasificados en función del número de alumnos/as escolarizados según los datos de la Comisión de Escolarización (Anexo V).

La financiación de Fuentablet está condicionada a la aprobación definitiva de la modificación de crédito número 2021/MCA_01/000024 aprobada inicialmente en el pleno extraordinario celebrado el 24 de marzo de 2021.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Los centros educativos interesados en la presente convocatoria de subvenciones deberán presentar la documentación necesaria (artículo 7), preferiblemente a través de Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las Sedes Electrónicas de las Administraciones Públicas, en el Registro Auxiliar de Entradas de la Concejalía de Educación y Juntas de Distrito o en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, previa petición de cita.

Una vez concedida la subvención definitiva se establecerá un único pago anticipado previo a la justificación.

El plazo para la justificación de las ayudas de la presente convocatoria será hasta el 31 de marzo de 2022.

En Fuenlabrada, a 30 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/11.629/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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