Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210406-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

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Madrid número 42. Procedimiento 1015/2019

EDICTO

D. José María Nebreda Trascasa, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1015/2019 instados por procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, contra D. Pedro Armesto Fernández y Dña. Carmen Rojas Guerrero en reclamación de en los que se ha dictado en fecha 12 de febrero de 2021 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, frente a la D. Carmen Rojas Guerrero y D. Pedro Armesto Guerrero, condeno a los demandados a abonar a la demandante 617,08 euros, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 455.1 LEC, tras la reforma operada por el artículo 4.10 de la Ley 37/11, de cuatro de octubre.

Así, por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncia, manda y firma Manuel García Sanz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid.

Conforme a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, estando prohibida su transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Pedro Armesto Fernández y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaria de este Tribunal.

En Madrid, a 17 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/9.919/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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