Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210408-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

86
Madrid número 66. Procedimiento 488/2019

EDICTO

Dña. Teresa Martín Antona, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 66.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento divorcio contencioso 488/2019, instados por el procurador D. Javier Evaristo Zabala Falcó, en nombre y representación de D. Ángel Tamayo Lara, contra Dña. Caridad Delgado Acosta, se ha dictado, en fecha 11 de enero de 2021, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

En la Villa de Madrid, a 11 de enero de 2021.—Han sido vistos por la Ilma. Sra. doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia número 66 de los de Madrid,

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador don Javier Evaristo Zabala Falcó, en nombre y representación de don Ángel Tamayo Lara, contra doña Caridad Delgado Acosta, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio formado por los expresados, por divorcio y la disolución del régimen económico matrimonial.

Sin pronunciamiento en relación a las costas procesales.

Una vez firme la presente comuníquese al Registro Civil correspondiente para su inscripción.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, pudiendo interponerse la apelación en el plazo de veinte días, a contar desde su notificación en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Dña. Caridad Delgado Acosta y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la L.E.C., se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal

En Madrid, a 19 de enero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.847/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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