Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210409-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

145
Madrid número 33. Ejecución 176/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ALMUDENA BOTELLA GARCÍA-LASTRA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 176/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON JONATHAN BAEZA MOYA frente a SERCOAX SERVICIOS AUXILIARES, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 10.389,80 euros de principal; 623 euros de intereses y 1.039 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado SERCOAX SERVICIOS AUXILIARES, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Una vez firme la presente resolución, expídanse los testimonios necesarios para el FOGASA y archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DOÑA ALMUDENA BOTELLA GARCÍA-LASTRA

Y para que sirva de notificación en legal forma a SERCOAX SERVICIOS AUXILIARES, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 12 de marzo de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.174/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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