Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
12-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210412-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

69
Madrid número 52. Procedimiento 367/2019

EDICTO

Doña Carmen Lara Rubido, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 52 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 367/2019, instados por el procurador don Emilio Martínez Benítez, en nombre y representación de Maderas y Puertas G2, S. A., contra don Sadrac Velázquez Torres, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 12 de mayo de 2020, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la mercantil Maderas y Puertas G2, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Emilio Martínez Benítez, frente a don Sadrac Velázquez Torres, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la demandante la cantidad principal de 6.340,81 euros, más los correspondientes intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda, 25 de febrero de 2019, hasta la fecha de su total y cumplido pago, y además, al pago de las costas procesales causadas”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Sadrac Velázquez Torres y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 18 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.225/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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