Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2021

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210414-16

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2021, del Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, por la que se dispone la publicación de las empresas a las que se ha concedido y retirado el distintivo público de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo durante el primer trimestre de 2021.

El artículo 28.5 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, dispone que la concesión del distintivo público de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo y su retirada, se publicará en el diario oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo competente para adoptar las respectivas resoluciones.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.5 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero,

RESUELVO

Primero

Altas de empresas adheridas al sistema arbitral de consumo en el primer trimestre de 2021, correspondientes a la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid:

Segundo

Bajas de empresas adheridas al sistema arbitral de consumo en el primer trimestre de 2021, correspondientes a la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid:

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1.m) y 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, a 4 de abril de 2021.—El Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, Francisco Javier Mata Izquierdo.

(03/11.963/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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