Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
14-04-2021

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210414-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Paracuellos de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Habiéndose aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2020, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa, sometida la misma a información pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 12, de 15 de enero de 2021), sin haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de aprobación adoptado por el Ayuntamiento Pleno, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la modificación aprobada.

Artículo único.—Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.

Uno. Se introduce una disposición transitoria que queda redactada como sigue:

“DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La crisis sanitaria internacional generada por la pandemia provocada por COVID-19 justifica la necesidad de contribuir a paliar estas circunstancias excepcionales para hacer frente al impacto económico y social de esta crisis tomando medidas urgentes y extraordinarias tendentes a mitigar el efecto de la pandemia en la sociedad y sus ciudadanos, especialmente en los colectivos más vulnerables.

Por ello, el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, con el fin de apoyar al comercio local, establece una suspensión temporal para el ejercicio 2021 de aplicación de esta ordenanza fiscal, sin que proceda a devengarse dicha tasa durante el ejercicio 2021”.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Paracuellos de Jarama, a 30 de marzo de 2021.—El alcalde, Jorge Alberto Campos Astrua.

(03/11.536/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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