Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2021

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210420-13

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ORDEN de 31 de marzo de 2021, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se modifica el Anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden de 4 de octubre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 1 de las bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos, publicadas como Anexo I de la citada Orden, se indica que el objeto de las mismas es regular el contenido y procedimiento de concesión, por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (en lo sucesivo, Fundación de la Energía), de ayudas destinadas a reducir el consumo de energía de este tipo de aparatos, velando por los efectos medioambientales que se produzcan en el aprovechamiento de los recursos energéticos, mediante la adquisición de electrodomésticos con etiquetado energético de clase A+++.

Asimismo, en el artículo 5.1.b de dichas bases, se indica que tendrán la consideración de inversiones subvencionables determinados electrodomésticos que se encuentren incluidos en la base de datos de electrodomésticos con etiquetado energético de clase A+++, habilitada para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos y elaborada por la Fundación de la Energía con los datos facilitados por los fabricantes de electrodomésticos.

El 1 de agosto de 2017 entró en vigor el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017, por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE, afecta a la clasificación del etiquetado energético de los electrodomésticos, manteniendo siete clases de eficiencia energética en una escala que va de la A, la más eficiente, a la G, la menos eficiente, pero prescindiendo de la distinción del +, ++, o +++ que identificaba el menor o mayor grado de eficiencia de la categoría superior, la A. Este reglamento conlleva una reclasificación de todos los aparatos para que queden posicionados dentro de la nueva escala de clases, señalando que no existen procedimientos de equivalencias para convertir las clases de energía anteriores a las nuevas, debido a que la nueva legislación europea establece nuevos métodos de ensayo para medir el consumo de energía y para determinar la clase energética de la etiqueta, con objeto de reflejar mejor el uso real de los productos.

El 1 de marzo de 2021 entran en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2019/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2019, por el que se complementa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de las lavadoras domésticas y las lavadoras-secadoras domésticas y por el que se derogan el Reglamento Delegado (UE) número 1061/2010 y la Directiva 96/60/CE de la Comisión, el Reglamento Delegado (UE) 2019/2016 de la Comisión de 11 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración domésticos y se deroga el Reglamento Delegado (UE) número 1060/2010 de la Comisión y el Reglamento Delegado (UE) 2019/2017 de la Comisión de 11 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los lavavajillas domésticos y se deroga el Reglamento Delegado (UE) número 1059/2010 de la Comisión, en virtud de los cuales se establecen los requisitos de etiquetado y de suministro de información adicional sobre los mencionados productos.

Este cambio en la clasificación del etiquetado energético de los electrodomésticos señalados obliga modificar las referencias a los etiquetados energéticos que se incluían en la Orden de 4 de octubre de 2020 y, como consecuencia, modificar las bases reguladoras que se adjuntaban en el Anexo 1 de la Orden de 4 de octubre de 2020, sustituyendo la clase A+++ por las clases A, B o C de la nueva clasificación energética de electrodomésticos.

Por tanto, se hace necesaria dar nueva redacción a los artículos 1 y 5.1b) del Anexo I de las bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos de la Comunidad de Madrid; de la Orden de 4 de octubre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos de la Comunidad de Madrid.

De la misma manera, se hace necesario incluir una única disposición adicional primera que permita mantener la subvención de todos aquellos electrodomésticos introducidos en el mercado hasta el 30 de octubre de 2020 con etiqueta A+++ pero que, de conformidad con el artículo 11 de la directiva, podrán seguir comercializándose hasta el 30 de noviembre de 2021 por disponibilidad de stocks.

En base a todo lo anterior, y en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

DISPONGO

Artículo único

Modificación del Anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos de la Comunidad de Madrid

El Anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos de la Comunidad de Madrid, se modifica de la siguiente forma:

Uno. El artículo 1 del Anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2020 queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1

Objeto y finalidad

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el contenido y procedimiento de concesión, por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (en lo sucesivo Fundación de la Energía), de ayudas destinadas a reducir el consumo de energía de este tipo de aparatos, velando por los efectos medioambientales que se produzcan en el aprovechamiento de los recursos energéticos, mediante la adquisición de electrodomésticos con etiquetado energético de clase A, B y C, así como mejorar el conocimiento del público general sobre las ventajas de este tipo de aparatos, mediante las actividades previstas en el Plan Renove de Electrodomésticos de la Comunidad de Madrid (en adelante, Plan Renove de Electrodomésticos)”.

Dos. El artículo 5.1 apartado b) del Anexo I de la Orden de 4 de octubre de 2020 queda redactado de la siguiente manera:

“b) Se encuentre incluido con nuevo etiquetado energético de clase A, B o C, en la base de datos de electrodomésticos habilitada para el desarrollo del Plan Renove de Electrodomésticos y elaborada por la Fundación de la Energía con los datos facilitados por los fabricantes de electrodomésticos. Los fabricantes deberán actualizar dicha base de datos para todos los electrodomésticos fabricados después del 1 de noviembre de 2020”.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Régimen transitorio

Serán subvencionables aquellos electrodomésticos con antigua etiqueta A+++ puestos en el mercado hasta el 30 de octubre de 2020 y que no dispongan de etiqueta nueva, pero que puedan seguir comercializándose hasta el 30 de noviembre de 2021 con la etiqueta antigua por disponibilidad de stocks. No se subvencionará ningún electrodoméstico con etiqueta A+++ vendido después del 30 de noviembre de 2021.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 31 de marzo de 2021.

El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, PS, el Consejero de Hacienda y Función Pública (Decreto 17/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta), JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/11.909/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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