Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210421-195

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

195
Móstoles número 1. Ejecución 12/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 12/2021-V, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO DEL RÍO GÓMEZ frente a FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y CUIDAMOS TU SALUD VIVE LA VIDA SLU sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto 01/02/2021, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de Sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. ANTONIO DEL RÍO GÓMEZ, frente a la demandada CUIDAMOS TU SALUD VIVE LA VIDA SLU, parte ejecutada, por un principal de 28.581,29 euros ( 28.083,17 euros de indemnización, más 452,84 euros +10%, en concepto de cantidad), más 4858 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000 64-0012-21.

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Y se ha dictado resolución cuyo contenido es el siguiente:

DILIGENCIA.- En Móstoles, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que el día 24/03/2021, ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por D./Dña. ANTONIO DEL RÍO GÓMEZ,. Doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

En Móstoles, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno

Por presentado el anterior escrito por el Letrado demandante en nombre y representación de D. ANTONIO DEL RÍO GÓMEZ, solicitando ampliación de la ejecución, contra VIDA SALUD MEJORA TU VIDA SL- ALGE ORGANIZACIÓN COMERCIAL Y PATRIMONIAL SL y CONNACTION SOLUCIONES Y PROYECTOS DE MARKETING SL, únase a los autos de su razón.

Dése traslado de copia del escrito a las otras partes de la ejecución.

De conformidad con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisidicción Social (LJS) se acuerda citar a las partes a la oportuna comparecencia incidental, en la cual podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el día 26/05/2021 a las 12:00 horas de su mañana.

Se advierte a las partes que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos con tres días de antelación a la fecha de la comparecencia, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la LJS).

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, noobstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CUIDAMOS TU SALUD VIVE LA VIDA SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.615/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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