Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2021

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210421-44

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

44
El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Vista la avocación, con fecha 5 de febrero de 2021, de la delegación de competencias efectuadas a favor de D.a Marta de la Vera Arias, por resolución de Alcaldía-Presidencia número 103, de fecha 8 de abril de 2021, se adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Delegar en los concejales que se señalan a continuación las competencias que corresponden a esta Alcaldía. Las delegaciones comprenderán con carácter general las siguientes funciones:

— La competencia para gestionar los servicios propios comprendiendo el impulso, la supervisión y vigilancia del cumplimiento y ejecución de las actuaciones y políticas propias en las materias de su competencia.

— Dictar instrucciones en las materias propias de las competencias.

— La dirección funcional del personal que preste servicios en los centros propios o en las dependencias adscritas directa o funcionalmente a cada Concejalía, sin perjuicio de la superior dirección del alcalde y de la dependencia orgánica del titular de la Concejalía en materia de recursos humanos.

— Autorización de matrimonios civiles.

— Firma de la remisión de publicación de anuncios a los distintos Boletines Oficiales en materia de su competencia.

Segundo.—Delegar las áreas y materias de Hacienda, Patrimonio, Recursos Humanos, Nuevas Tecnologías y Atención al Ciudadano al concejal D. Ignacio Parra Díaz. Esta delegación integra las siguientes materias y facultades:

— Presupuestos.

— Ordenanzas Fiscales.

— Oficina Tributaria.

— Política Financiera.

— Gestión de Recursos Humanos: selección, provisión, situaciones, incompatibilidades, instrumentos de ordenación, negociación colectiva, jornadas y horarios.

— Acción social.

— Seguridad, salud y prevención de riesgos.

— Aprobación de las propuestas de gasto (contratos menores) a propuesta de las diferentes concejalías.

— Servicio de inventario y patrimonio municipal.

— Incoación y resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial y de reclamación de daños patrimoniales.

— Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).

— Impulso y dirección de los proyectos relacionados con la aplicación de las nuevas tecnologías e impulso de administración electrónica.

— El seguimiento e impulso en su resolución de las reclamaciones, quejas y sugerencias de los vecinos.

— La resolución de expedientes de acceso a la información regulados en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Tercero.—Delegar las áreas y materias de Régimen Interior, Contratación, Protocolo, Cultura, Voluntariado y Protección Civil, Sanidad, Igualdad y Mujer y Asociaciones, a la concejala D.a Vanesa Herranz Benito. Esta delegación integra las siguientes facultades y materias:

— Organización Interna.

— Contratación y compras centralizadas.

— Seguros municipales.

— Estadística.

— Relaciones con los juzgados.

— Ocupaciones de vía pública sin finalidad lucrativa.

— Archivo.

— Relaciones protocolarias e institucionales con entidades públicas y privadas.

— Biblioteca.

— Centros culturales, cívicos y salas municipales de exposiciones.

— La dirección y gestión de la Escuela Municipal de Música y de las actividades musicales del municipio en general.

— Relaciones con las Asociaciones del Municipio.

— Impulso de políticas de igualdad de género.

— Voluntariado.

— Emergencias y Protección Civil.

— Promoción de la salud y educación para la salud.

Cuarto.—Delegar las áreas y materias de Urbanismo, Medio Ambiente, Educación y Atención a los Mayores a la concejala, D.a Soledad del Valle Bodas. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Preparación de los expedientes para el otorgamiento de licencias por uso el suelo, construcción y edificación, órdenes de ejecución y calificación ambiental de actividades, sin perjuicio de su aprobación por el órgano competente.

— La elaboración de los instrumentos de planificación y gestión urbanística de todo tipo, antes de su paso a los órganos competentes para su aprobación.

— Control de actividades ilegales.

— Relaciones y coordinación con la Empresa Municipal del Suelo, Patrimonio e Infraestructuras de El Escorial.

— Sostenibilidad y protección del medio ambiente.

— Control, calidad y evaluación medio ambiental.

— Aguas residuales y control de vertidos.

— Participación en la programación de la enseñanza.

— Cooperación y coordinación con la administración educativa.

— Vigilancia de la escolaridad obligatoria.

— Educación Infantil (escuelas infantiles).

— Actividades extraescolares.

— Atención a los mayores.

— Dirección del Centro de Mayores.

Quinto.—Delegar las áreas y materias de Deportes, Juventud, Festejos, Servicios Sociales, Inmigración, Familia e Infancia y Medios de Comunicación a la concejala D.a María Victoria Alonso Agrelo. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Iniciativa e impulso en las políticas de deporte.

— Iniciativa e impulso en las políticas de juventud.

— Inmigración.

— Relaciones y coordinación con la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste.

— Dependencia, discapacidad, familia e infancia.

— Relaciones con los medios de comunicación.

— Organización de fiestas y festejos taurinos.

Sexto.—Delegar las áreas y materias de Comercio, Industria, Empleo, Transportes, Consumo, Urbanizaciones, Desarrollo Local y Turismo a la concejala D.a María Teresa Bertomeu Hernández. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Ventanilla Única Empresarial.

— Formación empresarial y fomento de la economía local.

— Mercadillos y venta ambulante, ferias y muestras.

— Movilidad y Transportes.

— Servicios de Protección al Consumidor y OMIC.

— Relaciones con los representantes de las urbanizaciones del término municipal.

— Aprobación de solicitudes de subvenciones de las diferentes Concejalías a otras entidades, siempre y cuando no impliquen la asunción de nuevas competencias por delegación o encomienda de gestión por otras Administraciones Públicas, así como la aprobación de la justificación y su rendición ante la entidad correspondiente.

— Promoción turística del municipio”.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, recurso contencioso administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En El Escorial, a 8 de abril de 2021.—La concejala-delegada de Régimen Interior, Vanesa Herranz Benito.

(03/12.670/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210421-44