Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
22-04-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210422-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

187
Madrid número 39. Procedimiento 568/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 568/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FERROVIAL SERVICIOS SA frente a CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA, D. CARLOS ROJAS DIAZ, D. JOSE LUIS SANCHEZ GUERRERO, Dña. VERONICA PILO ARZA, Dña. PURIFICACION VEGA MONROY, D. JUAN FRANCISCO RODRIGUEZ BLANCO, D. MIGUEL ANGEL LOPEZ ROJAS y D. LUIS ALONSO VÁZQUEZ FERNÁNDEZ sobre Impugnación de actos administrativos en materia laboral y Seg. Social, excluidos los prestacionales se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimando la demanda presentada por FERROVIAL SERVICIOS S.A., frente a la DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMIA, EMPLEO, Y COMPETITIVIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID; y los trabajadores afectados por el ERTE -D. Carlos Rojas Díaz, Dña. Verónica Pilo Arza, D. Miguel Ángel López Rojas, D. Luis Alonso Vázquez Fernández; D. José Luis Sánchez Guerrero, Dña. Purificación Vega Montoy y D. Juan Francisco Rodríguez Blanco-, en impugnación de resolución administrativa que deniega la suspensión colectiva de contratos de trabajo ERTE nº 72315/2020, debo dejar y dejo sin efecto la resolución expresa de 17 de abril de 2020, de la DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMIA, EMPLEO, Y COMPETITIVIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con apreciación de la concurrencia de fuerza mayor que justifica la suspensión temporal de los contratos de trabajo, condenando a la demandada a pasar por esta declaración.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo y con las formalidades que se establecen en el texto refundido de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D. MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ ROJAS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.121/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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