Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2021

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210423-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

73
Andalucía. Granada. Sala de lo Social. Procedimiento 41/2021

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña Laura Tapia Ceballos, letrada de la Administración de Justicia de Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, sede Granada.

Certifico: En el recurso de suplicación número 41/2021 se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Ilustrísimo señor don José Manuel González Viñas, Presidente; ilustrísimo señor don Jorge Luís Ferrer González e ilustrísimo señor don Rafael Fernández López, magistrados.—En la ciudad de Granada, a 8 de abril de 2021.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, compuesta por los ilustrísimos señores magistrados citados, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente sentencia: en el recurso de suplicación número 41/21, interpuesto por don Luis Gerardo Cobo Valencia, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 4 de Almería, en fecha 18 de diciembre de 2019, en autos número 1378/2018, ha sido ponente el ilustrísimo señor magistrado don José Manuel González Viñas.

Fallo

Que estimando como estimamos el recurso de suplicación interpuesto por don Luis Gerardo Cobo Valencia contra sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 4 de Almería, en fecha 18 de diciembre de 2019, en autos número 1378/2018, seguidos a su instancia, en reclamación por despido, contra Lavados Transfermane, S. L., Grupo Constan Servicios Empresariales, S. L., SPN Empauxer, S. L., Fondo de Garantía Salarial y ministerio fiscal, debemos reconocer y reconocemos como antigüedad del recurrente la de 3 de mayo de 2007 frente a la reconocida por la sentencia recurrida, confirmándose en todo lo restante.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, con advertencia de que contra la misma puede interponerse recurso de casación para la unificación de doctrina que previene el artículo 218 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y que habrá de prepararse ante esta Sala, dentro de los diez días siguientes al de su notificación, con los requisitos previstos en los números 2 y 3 del artículo 221, debiéndose efectuar, según proceda, las consignaciones previstas en los artículos 229 y 230 de la misma, siendo la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sala la abierta en la entidad bancaria Santander, oficina calle Reyes Católicos, número 36, de esta capital, con número 1758.0000.80.41/21. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco de Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario y en “concepto” se consignarán los dieciséis dígitos del número de cuenta 1758.0000.80.41/21. Y pudiendo sustituir tal ingreso por aval bancario solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito, sin cuyos requisitos se tendrá por no preparado el recurso.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado, SPN Empauxer, S. L., cuyo actual paradero es desconocido, expido la presente para su publicación el Boletín Oficial de la Provincia.

Dado en Granada, a 8 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.026/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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