Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210426-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

137
Madrid número 16. Ejecución 138/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ANA CORRECHEL CALVO LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN 138/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. SANDRA ALVAREZ IBAÑEZ frente a CONSULTORA DE RIESGOS FINANCIEROS SA y EXOE FINANCIAL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado PROVIDENCIA de fecha 05.04.2021 del tenor literal siguiente:

“Únase el escrito presentado en fecha 21.12.2020 por el letrado de la parte actora D. Guillermo Fernández Moya. Visto su contenido, y con carácter previo al despacho de ejecución solicitado, cítese a ambas partea a comparecencia que tendrá lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado (5.4) sita en C/ Princesa 3 5ª planta 28008-Madrid el día 14 de mayo de 2021 a las 09.55 horas, citándose expresamente al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL a los efectos, en su caso, de alegaciones de excepción de prescripción.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2514-0000-64-0138-18 y para pagos en ventanilla 2514-0000-64-0138-18.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CONSULTORA DE RIESGOS FINANCIEROS SA y EXOE FINANCIAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de abril de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.200/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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