Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210426-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3

164
Móstoles número 3. Procedimiento 1007/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 1007/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña ********* frente a D./Dña. ***********, RAYGUS GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN DE PROYECTOS INMOBILIARIOS SL, GOLDEN ESTATE HOME SL, HOUSING REALTY C B y D./Dña. ********** sobre Modificación sustancial condiciones laborales se ha dictado la siguiente resolución:

Que desestimando la excepción planteada por la parte demandada y, entrando en el fondo de la Litis, desestimando igualmente la demanda presentada por DÑA. *********** contra HOUSING REALTY COMUNIDAD DE BIENES (HOUSING REALTY C.B.), D.AGUSTIN MARTIN HERREROS, D. JOSE MARIA CARPINTERO VILLAZAN, RAYGUS GESTION Y PLANIFICACION DE PROYECTOS INMOBILIARIOS Y GOLDEN ESTATE HOME S.L. DEBO ABSOLVER Y ABSUEVO a los demandados de la pretensión formulada en su contra

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que la misma es firme y contra ella no cabe recurso (art.138.6 y 191.2.e) LRJS).

Líbrese testimonio de esta resolución a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por si procediere levantar Acta de Liquidación de cuotas y, en su caso, Acta de Infracción contra la empresa empleadora por infracotización.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando, lo pronuncio mando y firmo.

PUBLICACIÓN: LA anterior sentencia ha sido dada leída y publicada por la Sra. Juez que la dictó, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JOSÉ MARÍA CARPINTERO VILLAZÁN, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a treinta de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.438/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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