Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210427-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 74

101
Madrid número 74. Procedimiento 1256/2019

EDICTO

Doña Concepción Álvarez García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 74.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal número 1256/2019, instados por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de Gesico Outsourcing Integral, S. L., contra Avnet TS Spain, S. L., en los que se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 244/2020

En Madrid, a 15 de diciembre de 2020.

Vistos por la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Amaia Castaño Aguirre, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 1256/2019, sobre reclamación de cantidad, en el que aparecen como parte actora Gesico Outsourcing Integral, S. L., representada por el procurador don Ignacio Melchor de Oruña, defendida por don José Luis García Álvarez, y como parte demandada Avnet TS Spain, S. L. (anterior Magirus España), en situación de rebeldía; se procede a dictar la presente sentencia, basándose en los siguientes:

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme.

Los interesados podrán tener conocimiento íntegro del acto en la oficina judicial donde se tramita el procedimiento.

Y para que sirva de notificación en forma, en atención al desconocimiento del domicilio de la demandada Avnet TS Spain, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 397.2 de la L. E. C., se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de enero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.697/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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