Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210427-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

105
Madrid número 84. Procedimiento 923/2018

EDICTO

Doña Ana Isabel García García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 84.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 923/2018, instados por procurador don Eduardo José Manzanos Llorente, en nombre y representación de Grenke Rent, S. L. U., contra Satprolux S. L., en los que se ha dictado en fecha 22 de diciembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda presentada por Grenke Rent, S. L. U., contra Satprolux, S. L., y en consecuencia, declaro resuelto el contrato número 134-7375, suscrito entre las partes, por incumplimiento de las obligaciones esenciales del mismo por la demandada, y condeno a la misma a devolver a la actora los bienes objeto del contrato de arrendamiento 134-7375 en la forma prevista en el contrato, asumiendo todos los gastos y costes de la entrega, así como a pagar a la actora la cantidad de 1.379,17 € , en concepto de principal adeudado, cantidad que devengará el interés legal previsto en el artículo 7.2 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en los términos indicados en el fundamento de derecho tercero; asimismo, condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 349,83 €, en concepto de penalización devengadas hasta el 3 de septiembre de 2018, cantidad que se verá incrementada desde el día siguiente a esa fecha con el importe de 1,69 € /día hasta la devolución de los bienes objeto del contrato de arrendamiento. Las cantidades anteriores devengarán el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia. Todo ello con expresa condena en costas de las que responderá la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, al no ser susceptible de recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, ilustrísima señora doña María del Carmen Fernández Luis, magistrada del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid.—La magistrada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Satprolux, S. L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/110/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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