Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2021

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210427-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO de la convocatoria de 13 de abril de 2021, de becas de excelencia del Consejo Social, para el curso académico 2021-2022.

BDNS: 558173

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero

Beneficiarios

Podrán solicitar la beca todos los alumnos procedentes de los estudios de Bachillerato que hayan superado en la convocatoria ordinaria la Evaluación para el Acceso (EvAU) en la Universidad de Alcalá y posean una nota de admisión excelente en el curso 2020-2021.

También podrán solicitar la beca aquellos estudiantes procedentes de Ciclos Formativos de Grado Superior que hayan realizado la fase específica de la Evaluación para el Acceso (EvAU) en la Universidad de Alcalá y posean una nota de admisión excelente en el curso 2020-2021.

Los criterios de asignación de estas becas son los que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

No podrán solicitar estas becas quienes hayan completado los estudios que permitan la obtención de un título académico equivalente al Grado.

La beca podrá ser renovada para los siguientes cursos, hasta completar los estudios de Grado, en las condiciones y con los requisitos que se establecen a continuación:

— Matricularse al menos de 60 créditos teniendo presente la regulación de los distintos grados.

— Haber aprobado todas las asignaturas matriculadas en el curso 2021-2022 en cualquiera de sus convocatorias.

— Haber obtenido una nota media de 7,5 puntos en los estudios cursados el año anterior, salvo para las Enseñanzas Técnicas y Arquitectura que se les aplicará un coeficiente corrector de 1,17.

Para el cálculo de la nota media, la nota obtenida en cada asignatura se ponderará en función del número de créditos que la integran conforme a la fórmula siguiente:

V = (P ´ Nca)/Nct

V = Valor resultante de la ponderación de la nota media obtenida en cada asignatura.

P = Puntuación de cada asignatura.

Nca = Número de créditos que integran la asignatura.

Nct = Número de créditos matriculados en el curso que se barema.

Segundo

Objeto

Facilitar el acceso a los estudios de Grado de quien haya obtenido una calificación excelente en la Evaluación para el Acceso (EvAU) a la Universidad de Alcalá.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria podrá consultarse en la dirección de Internet www.uah.es

Cuarto

Cuantía

La beca tendrá los siguientes componentes: Los alumnos que se alojen en la Ciudad Residencial Universitaria CRUSA de la Universidad de Alcalá, durante la duración del curso en el que hayan obtenido la beca, quedarán exentos del pago de las mensualidades correspondientes; también quedarán exentos del pago de los precios públicos correspondientes a los estudios para los que hayan sido becados y percibirán una ayuda en metálico que ascenderá a un total de 3.600 euros, que será abonada en cuotas trimestrales en la cuenta bancaria que facilite el beneficiario.

Asimismo, la renuncia por parte del becario a cualquiera de las prestaciones que se establecen en el párrafo anterior no supondrá, en ningún caso, un incremento correlativo de las cantidades asignadas a las restantes prestaciones.

El importe total destinado a esta convocatoria es de 23.777 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

Las bases de la convocatoria, así como el impreso para solicitar las presentes ayudas podrán obtenerse en la dirección de Internet www.uah.es

Las solicitudes se presentarán en la dirección de correo electrónico registro.general@uah.es del Registro General de la Universidad de Alcalá, en el plazo comprendido entre los días 22 de junio y 10 de julio de 2021, ambos inclusive.

Alcalá de Henares, a 13 de abril de 2021.—El Presidente del Consejo Social de la Universidad de Alcalá, Joaquín Leguina Herrán.

(03/14.079/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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