Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210427-60

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

PERSONAL

60
Boadilla del Monte. Personal. Nombramiento

De conformidad con lo establecido en el apartado 17.o de las bases generales de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 15 de junio de 2018), así como en la base 11.a de las específicas, que rigen el proceso selectivo convocado para la provisión, por turno de promoción interna independiente, mediante el sistema de concurso-oposición y curso selectivo de formación, de una plaza de subinspector del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 1895/2021, de 13 de abril, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.o Nombrar funcionario en prácticas, en la categoría de subinspector del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, de la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase policía local, escala Ejecutiva, grupo A, subgrupo A2, al siguiente aspirante:

2.o El nombramiento como funcionario en prácticas en la clase de subinspector tendrá efectos del día de comienzo efectivo del “XXIII Curso electivo de formación para el ascenso a la categoría de subinspector de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid”, a impartir en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE), sito en el km 13,600 de la M-607 de la carretera de Madrid a Colmenar Viejo, siendo la fecha prevista a partir de la cual se ha estimado su inicio por la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid la de 4 de mayo de 2021.

3.o El aspirante deberá tomar posesión como funcionario en prácticas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que el aspirante haya tomado posesión sin causa justificada y salvo casos de fuerza mayor, se le tendrá por desistido en su derecho al nombramiento.

4.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital y en su página web municipal (http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org).

5.o Notificar la presente resolución al funcionario en prácticas nombrado, con indicación que los recursos que, contra la misma, procedan.

6.o Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha resolución podrán interponerse los siguientes recursos:

— Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

— Podrá, asimismo interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

En Boadilla del Monte, a 14 de abril de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(03/13.352/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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