Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210427-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 35

92
Madrid número 35. Procedimiento 1530/2015

EDICTO

D./Dña. ADORACION TUREL GARCIA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 35.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario 1530/2015, instados por Procurador D./Dña. PEDRO ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ en nombre y representación de D./Dña. JOSE CACHERO LABARRA contra D./Dña. MARGARITA MARTINEZ BARRAL y PROYECTOS Y PROMOCIONES ALCANTARA Y TORRENTE SL en reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivados de responsabilidad contractual, en los que se ha dictado en fecha 13/02/2020 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

“FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Don Pedro Antonio González Sánchez, actuando en nombre y representación de DON JOSÉ CACHERO LABARRA, contra DOÑA MARGARITA MARTÍNEZ BARRAL, representada por el procurador de los tribunales Don Ignacio Noriega Arquer y contra PROYECTOS Y PROMOCIONES ALCÁNTARA Y TORRENTE SL, en rebeldía procesal, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a las referidas demandadas de las pretensiones articuladas en su contra, con expresa condena en costas al demandante.”

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. MARGARITA MARTINEZ BARRAL y PROYECTOS Y PROMOCIONES ALCANTARA Y TORRENTE SL y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 26 de marzo de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/13.427/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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