Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210428-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5

117
Alcorcón número 5. Procedimiento 558/2018

EDICTO

Doña Martina Milano Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia numero 5.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 558/2018, instados por procurador doña María del Fernández Guerra, en nombre y representación de Educahumanes, S. A., contra Iteera Deporte Comunicación y Gestion, S. L., en los que se ha dictado en fecha 23 de julio de 2019 sentencia, cuya parte dispositiva y cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 78/2019

Alcorcón, a 23 de julio de 2019.—Habiendo visto doña Sara Perales Jarillo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Alcorcón, los presentes autos de juicio ordinario, sobre reclamación de cantidad, 192.188,79 euros, promovidos a instancias de Educahumanes, S. A., representada por la procuradora doña Pilar Fernández Guerra, bajo la dirección técnica del letrado don Jesús Rodríguez de Mingo, frente a la entidad Iteera, Deporte, Comunicación y Gestion, S. L., declarada en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por Educahumanes, S. A., representada por la procuradora señora Fernández Guerra, frente a Iteera, Deporte, Comunicación y Gestión, S. L., declarado en situación de rebeldía procesal; en su consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la demandante la suma de 192.1.88,79 euros, que devengará el interés previsto en el fundamento tercero de esta resolución.

Se imponen a la parte demandada las costas causadas.

Esta resolución no es firme, frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles a contar desde su notificación a las partes.

Para la interposición del recurso de apelación es necesario la constitución de un depósito por importe de 50 euros, excepto en los casos que establezca la normativa especial sobre asistencia jurídica gratuita, debiendo ser ingresado en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado número 2362-0000-00-número de procedimiento-año de procedimiento, debiendo igualmente reseñarse el tipo de recurso a que se refiere, la clase y fecha de la resolución recurrida.

Publicación

La anterior resolución fue leída y publicada en el día de su fecha.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Iteera Deporte Comunicacion y Gestión, S. L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcorcón, a 10 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.421/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210428-117