Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
29-04-2021

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210429-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

161
Madrid número 41. Ejecución 44/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de Ejecución 44/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LAURA GUADALUPE MOYA MONTES frente a FOGASA y DINASTÍA COMUNICACION Y MARKETING 2011 sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución cuya parte dispositiva se acompaña:

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a DOÑA LAURA GUADALUPE MOYA MONTES con la empresa DINASTÍA COMUNICACIÓN Y MARKETING 2011 SL con fecha de hoy, condenando a esta a que abone a aquélla la cantidad de 3.827,15 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 14.003,78 euros brutos en concepto de salarios de tramitación (322 días).

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 5052-0000-64-0044-21 y para pagos en ventanilla 5052-0000-64-0044-21.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado – Juez.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DINASTÍA COMUNICACION Y MARKETING 2011, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.065/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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