Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2021

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210430-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

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ORDEN 157/2021, de 15 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se autoriza la desadscripción del Centro de Estudios Garrigues de la Universidad Antonio de Nebrija.

Los centros de educación superior son centros universitarios adscritos mediante convenio a una universidad pública o privada, para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, según lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

El Centro de Estudios Garrigues se adscribió a la Universidad Antonio de Nebrija mediante Orden 3782/2009, de 31 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 206, de 31 de agosto de 2009), para la impartición de enseñanzas de máster universitario.

La Universidad Antonio de Nebrija ha solicitado la desadscripción del referido centro, a iniciativa de éste. A tal efecto, mediante convenio de desadscripción, de fecha 22 de enero de 2021, las partes resuelven todos los pactos entre ambas instituciones, garantizando el derecho de los estudiantes para continuar los estudios en el centro, de acuerdo con las reglas generales para la extinción de los planes de estudio, establecidas en la disposición adicional novena de la Ley Orgánica de Universidades.

La propuesta de desadscripción cuenta con la aprobación de los órganos de gobierno de la Universidad, de acuerdo con lo dispuesto en sus normas de organización y funcionamiento.

De conformidad con lo previsto en el artículo 11 y en la disposición adicional novena de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, corresponde a la Comunidad de Madrid la autorización de la desadscripción.

De acuerdo con el artículo 5.a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria, de la Comunidad de Madrid, la propuesta ha sido informada favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria celebrada el 5 de marzo de 2021.

En virtud de lo expuesto, en uso de las competencias previstas en el Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores

DISPONGO

Primero

Desadscripción

1. Autorizar la desadscripción del Centro de Estudios Garrigues de la Universidad Antonio de Nebrija.

2. Las titulaciones de máster universitario que actualmente conforman la oferta académica del centro adscrito y que iniciarían su proceso de extinción son las siguientes:

— Máster Universitario en Práctica Tributaria.

— Máster Universitario en Recursos Humanos.

— Máster Universitario en Banca y Finanzas.

— Máster Universitario en Práctica Jurídica.

— Máster Universitario en Derecho de las Transacciones Internacionales/Master of Laws in International Transactions.

3. A partir del curso académico 2022/2023 no podrán matricularse alumnos de nuevo ingreso en dicho centro.

Segundo

Impartición enseñanzas

El titular del centro adscrito, conforme a la cláusula segunda del convenio de desadscripción, se compromete a impartir hasta su extinción las enseñanzas referidas en la disposición anterior, con pleno cumplimiento de los términos y condiciones de contenido académico que constaban en el convenio de adscripción, de modo que se permita a los estudiantes culminar sus estudios con un aprovechamiento académico normal de acuerdo con el calendario de extinción previsto.

Tercero

Custodia de expedientes y certificaciones académicas

Los expedientes y actas oficiales de los alumnos que hayan estudiado en el centro quedarán bajo la custodia de la Universidad Antonio de Nebrija y sus certificaciones oficiales serán expedidas por la misma.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 15 de abril de 2021.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, PS, el Consejero de Educación y Juventud (Decreto 20/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta), ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/14.161/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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