Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210504-54

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

54
Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Con fecha 5 de abril de 2021, la alcaldesa-presidenta ha dictado el siguiente decreto 1173, de delegaciones especiales de atribuciones:

El artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (en adelante, ROF) establece que el alcalde puede delegar sus atribuciones, salvo las mencionadas en los artículos 21.3 y 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL). Las delegaciones podrán ser genéricas o especiales; estas últimas podrán recaer en cualquier concejal y pueden ser de tres tipos: relativas a un proyecto o asunto determinado, relativas a un determinado servicio y relativas a un distrito o barrio.

El artículo 120.2.b) del mismo cuerpo reglamentario contempla expresamente la posibilidad de revocación de las delegaciones, adoptada por el alcalde o presidente con las mismas formalidades previstas para otorgarlas.

Por su parte, el artículo 23.4 de la LBRL establece que el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde esta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de noviembre de 2020, acordó la modificación de los cargos a desempeñar con dedicación exclusiva (máximo 10) y parcial (máximo 9), así como sus retribuciones.

Por esta Alcaldía se dictó el Decreto 1315/2020, de 20 de mayo, modificando las delegaciones a las Concejalías. Dentro del mismo se encontraba una delegación especial a favor de doña Sara Benito Astudillo en materia de Política Social, Familia y Sanidad, que incluía el área de Mujer.

Posteriormente, se resolvió, mediante decreto 3478/2020, de 27 de noviembre, adscribir a don Juan Carlos García González, en su condición de portavoz del grupo municipal de Vecinos por Arroyomolinos, para el desempeño propio de las funciones propias de esa condición, en régimen de dedicación parcial, al 50 por 100 de la jornada.

Habida cuenta de la necesidad de conferir nuevas delegaciones con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y de conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de sus tareas, en virtud de lo anteriormente expuesto y de conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 23.4 de la LBRL, el ROF y el resto de la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Revocar las delegaciones que doña Sara Benito Astudillo tiene conferidas en materia de Mujer según decreto de Alcaldía 1315/2020.

Segundo.—Modificar la delegación especial otorgada a doña Sara Benito Astudillo, concejala del equipo de gobierno, que ostenta la dirección interna y la gestión de los servicios propios, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de Política Social, Familia y Sanidad, que queda como sigue:

1. Política Social y Familia:

— Gestión y desarrollo del Consejo de Infancia y Adolescencia de Arroyomolinos.

— Dirigir la política municipal en materia de infancia.

— Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para la infancia que se promuevan en el Ayuntamiento.

— Supervisar el funcionamiento del Centro de Tercera Edad y la ejecución de programas de integración, protección, formación y ocio dirigidos a personas mayores.

— Propuesta de resolución de los expedientes de expedición de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, a que se refieren los artículos 2 y 3 de la ordenanza municipal, así como en el ámbito sancionador relacionado con esta materia.

— Propuesta de resolución de los expedientes de ayudas sociales.

— Detección y estudio de las necesidades sociales en el término municipal.

— Planificación y programación de los servicios sociales en el municipio de Arroyomolinos de conformidad con la legislación vigente.

— Coordinación de todas las actuaciones en materia de servicios sociales que se gestionen en el municipio.

— Fomento de la sensibilización social y de la participación ciudadana en la prevención y resolución de los problemas sociales.

— Garantizar la prestación de los servicios sociales a los vecinos de Arroyomolinos.

— Las competencias que en materia de atención a menores atribuya a las entidades locales la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia de la Comunidad de Madrid.

— Plan Integral de Familias.

— Propuestas de autorización y disposición de gastos y del reconocimiento de las obligaciones correspondientes a la concesión de prestaciones sociales de carácter económico (emergencia social, cobertura de necesidades básicas, etc.).

— Propuestas de autorización y disposición de gastos y del reconocimiento de las obligaciones correspondientes a la concesión de ayuda a domicilio y teleasistencia.

— Las competencias que en materia de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia atribuye a las entidades locales la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

2. Sanidad:

— Gestión del centro de protección animal.

— Gestión del censo de animales de compañía, realizar campañas de identificación y vacunación obligatoria de los mismos.

— Propuesta de otorgamiento de licencia de tenencia de animales peligrosos, así como de la potestad sancionadora que de ello se derive.

— Gestión, supervisión y control del Cementerio municipal.

— Coordinación entre el Ayuntamiento y la Administración Sanitaria.

— Desarrollo, gestión y seguimiento del Plan Local de Prevención de Drogodependencia en Arroyomolinos.

— Propuesta de autorización y el control sanitario de empresas, instalaciones y servicios funerarios regulados en el Decreto 124/1997, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Revocar el decreto de Alcaldía 3478/2020, de 27 de noviembre, sobre la adscripción de don Juan Carlos García González, en su condición de portavoz del grupo municipal de Vecinos por Arroyomolinos, para el desempeño propio de las funciones propias de esa condición, en régimen de dedicación parcial, al 50 por 100 de la jornada.

Cuarto.—Conferir delegación especial, que comportará, en general, en las materias propias de la Concejalía-Delegada, la dirección interna y la gestión de los servicios propios, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, a don Juan Carlos García González, concejal del equipo de gobierno, en materia de Régimen Interior, Contratación y Atención al Ciudadano, en concreto:

1. Régimen Interior:

— Coordinación de las áreas de Secretaría General, Registro y Estadística.

— Supervisión y seguimiento en primera instancia de los expedientes que vayan a resolverse por la Junta de Gobierno o el Pleno.

— Autorización de las circulares e instrucciones de servicio que afecten a las áreas delegadas, sin perjuicio de las funciones atribuidas a las Jefaturas de los Departamentos.

— Determinación de criterios para la armonización del procedimiento administrativo, los reglamentos y las ordenanzas municipales.

— Control y supervisión del Registro General del Ayuntamiento.

— Dirigir los servicios de Estadística. Supervisar la modificación y, en su caso, corrección del censo y del padrón municipales y proponer la rectificación anual.

— Visto bueno de las certificaciones expedidas en materia de Estadística y Registro.

— Impulsar, coordinar y supervisar el cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal.

2. Contratación:

— Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran contratación y compras.

— Supervisión y coordinación de la contratación municipal.

— Establecimiento de criterios para unificar las normas de contratación municipal.

— Seguimiento y supervisión de todos los contratos municipales, en coordinación con las áreas y concejalías competentes.

— Asegurar la transparencia en la contratación municipal.

3. Atención al Ciudadano:

— Impulsar y liderar proyectos e iniciativas cuyo objetivo sea la modernización de los servicios municipales.

— Colaborar con la concejalía de Comunicaciones en el desarrollo de programas de gestión y procedimientos telemáticos que permitan ofrecer a los ciudadanos un servicio más eficaz.

— Crear, coordinar y supervisar la gestión de las oficinas de Atención al Ciudadano.

— Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran atención al ciudadano.

— Coordinación, de forma transversal con todas las áreas y concejalías, de las quejas, reclamaciones y sugerencias presentadas por los ciudadanos en relación con los servicios municipales que prestan las mismas.

— Desarrollar, dirigir y ejecutar el modelo de atención al ciudadano definido por el gobierno municipal centralizando las acciones necesarias con todas las concejalías.

Quinto.—Conferir delegación especial, que comportará, en general, la dirección interna y la gestión de los servicios propios, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros a doña María Begoña González Rodríguez, concejala del equipo de gobierno, en materia de Igualdad e Integración Social, en concreto:

— Coordinación y gestión de la unidad administrativa que integra el área de Igualdad e Integración Social.

— Propuesta, ejecución y seguimiento de las directrices de política municipal en relación con la materia de Igualdad, así como proponer y ejecutar los programas de actuación en esta materia.

— Dirigir la política municipal en materia de igualdad y desarrollo de un Plan de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

— Fomentar, coordinar y ejecutar las estrategias y programas de actividades tendentes a conciliar la vida personal, laboral y familiar de mujeres y hombres.

— Fomentar, coordinar y ejecutar los programas y actuaciones de prevención en materia de violencia de género.

— Promover el desarrollo de medidas dirigidas a favorecer la integración de las personas inmigrantes del municipio, en colaboración con la concejalía de Política Social.

— Promover el desarrollo de medidas dirigidas a favorecer la integración de las personas con discapacidad del municipio, en colaboración con la concejalía de Política Social.

Sexto.—Con carácter general corresponderá a los concejales-delegados de cada Área:

— Impulso de los expedientes de contratación de toda clase de su competencia, así como el de todas las incidencias relacionadas con ellos.

— Inspección y control de la ejecución de los contratos correspondientes a su ámbito de competencia, sin perjuicio de las atribuciones del responsable del contrato y de las atribuidas al órgano de contratación.

— Incoación, tramitación y propuesta de resolución de cuantos expedientes le sean propios.

— Elevar al Pleno y a la Junta de Gobierno Local las propuestas de resolución de los asuntos que le corresponden en el ámbito de las competencias de su Concejalía.

Séptimo.—Los concejales-delegados responden de su gestión directamente ante la alcaldesa.

Octavo.—En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del concejal-delegado, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria. A estos efectos se entenderá ejercitada la facultad de avocación basándose en la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Noveno.—La delegación especial conferida a don Juan Carlos García González la ejercerá en régimen de dedicación parcial, al 75 por 100 de jornada y retribuciones, con los derechos y obligaciones que le corresponden.

Décimo.—La delegación especial conferida a doña María Begoña González Rodríguez la ejercerá en régimen de dedicación exclusiva, con los derechos y obligaciones que le corresponden.

Undécimo.—Esta resolución será notificada a los interesados para su aceptación, informándolos de que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del ROF, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación, no realizan ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante; y remitida para su publicación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento: (https://sedeelectronica.ayto-arroyomolinos.org/GDCarpeta Ciudadano/ Tablon.do?action=verAnuncios).

Todo ello sin perjuicio de la efectividad del presente Decreto desde el día siguiente al de su emisión, en lo que resulte procedente.

Duodécimo.—En lo relativo a los dispositivos “noveno” y “décimo”, el señor García González y la señora González Rodríguez, respectivamente, deberán aceptar expresamente su sometimiento al régimen que en cada caso les corresponda, como condición necesaria para la efectividad de su adscripción a uno u otro régimen.

Decimotercero.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.4 del ROF y comunicarla, en extracto, a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid.

Decimocuarto.—Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante esta alcaldesa en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca su notificación o publicación, según los casos. Alternativamente podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional en el plazo de dos meses, contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera otros recursos que estimen procedentes.

Arroyomolinos, a 20 de abril de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Ana Millán Arroyo.

(03/14.285/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210504-54