Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2021

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210504-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

99
Madrid número 18. Procedimiento 117/2021

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 117/2021 entre D./Dña. GERSON ALEJANDRO OSEGUERA MADRID y D./Dña. IZABELA SILVA DA COSTA por un presunto delito de coacciones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice lo siguiente:

Juez/magistrado-juez: D./Dña. Ángel José Lera Carrasco.

Lugar: Madrid.

Fecha: veinticinco de febrero de dos mil veintiuno.

Vistos por mí, don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez de este juzgado de instrucción n° 18 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve n° 117/2021, contra D./Dña. IZABELA SILVA DA COSTA, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación

FALLO

Que debo absolver y absuelvo a D./Dña. IZABELA SILVA DA COSTA de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la Juez/Magistrado/a Juez.

PUBLICACIÓN

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrada audiencia pública; doy fe.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. GERSON ALEJANDRO OSEGUERA MADRID expido y firmo la presente.

En Madrid, a 7 de abril de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/12.300/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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