Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210505-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

128
Madrid número 39. Ejecución 120/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 120/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ISRAEL FERNANDEZ GAMERO frente a YOISALAMANCA TELEFONIA, S.L. y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 25-3-21 con la parte dispositiva siguiente:

“PARTE DISPOSITIVA

Prodede fijar la cantidad en concepto de salarios de tramitación de despido improcedente a favor del ejecutante D. Israel Fernández Gimeno, con cargo a la ejecutada YOISALAMANCA TELEFONÍA S.L., en la cifra de 15.569,85 euros. Ello, sin perjuicio de la regularización por las prestaciones de desempelo que proceda hacer, en su caso, al ejecutante frente al Servicio Público de Empleo.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma, cabe recurso de reposición, con las formalidades legales.

Así lo acuerda y manda, la Magistrada Juez”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a YOISALAMANCA TELEFONIA, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.474/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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