Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
05-05-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210505-133

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

133
Madrid número 40. Procedimiento 1367/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA CARMEN LUCÍA CASTELLANO VÁZQUEZ, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1367/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON PABLO FERNÁNDEZ BELTRÁN frente a DON ALFONSO IGLESIAS ALONSO sobre procedimiento ordinario se han dictado las siguientes resoluciones (decreto y auto de fecha 9/12/2020), cuyas partes dispositivas tienen el tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1. Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente:

Se admite provisionalmente a trámite la demanda presentada, advirtiendo a la parte demandante que deberá acreditar la celebración o el intento del acto de conciliación administrativa previa, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación del presente auto, bajo apercibimiento de que de no hacerse así se archivará la demanda sin más trámite.

2. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 12/5/2021, a las 10:10, en la Sala de Audiencia de este Juzgado que se sustanciara por las reglas del procedimiento de procedimiento ordinario.

Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.

ADVIÉRTASE A LAS PARTES:

1. Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

2. Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda.

3. Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

4. Pónganse los autos en presencia de S.S.ª Ilma. a fin de que resuelva sobre la prueba propuesta.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LJS).

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo admitir la prueba solicitada y a tal efecto:

En cuanto a la documental, queda requerida la demandada con la notificación de la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 4684-0000-69-1367-20 y para pagos en ventanilla 4684-0000-69-1367-20.

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a DON ALFONSO IGLESIAS ALONSO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 27 de abril de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.296/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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