Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210506-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

105
Madrid número 71. Procedimiento 1316/2019

EDICTO

Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 1316/2019, instados por el procurador don Manuel Sánchez-Puelles González-Carvajal, en nombre y representación de Rentokil Initial España, S. A., contra Oyuquito, S. L., en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 9 de marzo de 2021 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda deducida por el procurador don Manuel Sánchez-Puelles González-Carvajal, en nombre y representación de Rentokil Initial España, S. A, contra Oyuquito, S. L, en situación procesal de rebeldía, declaro haber lugar totalmente a la misma, y en su virtud condeno a dicha parte demanda a abonar a la actora el importe, como principal, de 447,70 euros, cantidad sobre la que se aplicará el interés anual por mora a que se refiere la Ley 3/2004, computados desde la fecha de vencimiento de la factura impagada (5 de agosto de 2016), y, desde la fecha de esta resolución, hasta el completo pago de lo adeudado, los legales por la mora procesal que correspondieren. Además la demanda abonará a la actora como indemnización por los gastos de cobro, el importe de 40 euros. Todo ello con expresa imposición a la demandada de las costas procesales, si se hubieran devengado.

Así por esta mi sentencia juzgando en primera instancia lo pronuncio y firmo.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que es firme y contra la que no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Oyuquito, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 5 de abril de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia.

(02/13.665/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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