Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210506-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90

106
Madrid número 90. Procedimiento 486/2019

EDICTO

Doña María Leonor de Elena Murillo, letrada de la Administración de Justicia del juzgado de primera instancia número 90 de Madrid:

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 486/2019, instados por el el Abogado del Estado en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra don Laurentino Vara García, en los que se ha dictado en fecha 1 de octubre de 2020, sentencia por la ilustrísima señora magistrada doña H. Almudena Maricalva Arranz, estimando íntegramente la demanda, y en la que se condena a la parte demandada con el contenido que obra en su parte dispositiva, encontrándose dicha sentencia a su disposición en la oficina de este Juzgado.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a la Instrucción número 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4149-0000-04-0486-19 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número, indicando en el campo “beneficiario”: Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

En Madrid, a 26 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia.

(02/14.431/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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