Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
07-05-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210507-124

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

124
Madrid número 12. Ejecución 30/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 30/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALBERTO MARTIN HERNANDEZ frente a PEDRO DIEGO SA, FOGASA y ALHOS CONCURSAL, SLP sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente auto cuya resolución es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. ALBERTO MARTIN HERNANDEZ frente a PEDRO DIEGO SA.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIóN.—Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2510-0000-64-0030-21.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

A su vez se han dictado las siguientes diligencias de ordenación que son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a dieciséis de febrero de dos mil veintiuno.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 12/12/2020, a la empresa PEDRO DIEGO SA en favor del/de los demandante/s D./Dña. ALBERTO MARTIN HERNANDEZ y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 12/04/2021, a las 08:40 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

En Madrid, a veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno.

El anterior escrito presentado por ALHOS CONCURSAL SLP únase a los autos de su razón y visto su contenido, estese a la espera del resultado de la comparecencia señalada para el día 12/4/2021 a las 8:40 horas.

En Madrid, a ocho de abril de dos mil veintiuno.

El anterior escrito presentado por la parte actora únase a los autos de su razón y visto lo solicitado se acuerda anular la petición de ejecución y por tanto déjese sin efecto la comparecencia señalada para el día 12/4/2021 y procédase al archivo de los autos.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PEDRO DIEGO SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.757/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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