Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
07-05-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210507-129

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

129
Madrid número 14. Procedimiento 909/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 909/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ANDRES PEREZ PEREA frente a CONSTRUCIA, SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL

En Madrid, a ocho de septiembre de dos mil veinte

Por repartida la anterior demanda el 19/08/2020 presentada por D. ANDRES PEREZ PEREA, teniendo por parte demandada a CONSTRUCIA, SL, regístrese y fórmense los autos, y como quiera que se advierten los siguientes defectos:

Debe acreditar la celebración o el intento de conciliación previa

NO HA LUGAR, por ahora, a su admisión a trámite, requiriéndose a la actora a fin de que, en el plazo de QUINCE DIAS, acredite dicha celebración o el intento de conciliación previa, de conformidad con lo preceptuado en el art. 81.2 de la Ley de la Jurisdicción Social., subsanando el defecto indicado, con advertencia de que caso de no hacerlo así en el indicado plazo se acordará sin más trámite el archivo de las actuaciones (art. 81.1 de la Ley de Reguladora de la Jurisdicción Social), asimismo de conformidad con lo dispuesto en el artº 53 de la L.R.J.S. las partes deberán indicar en la primera comunicación ante este Juzgado los datos relativos a nº de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, así como los cambios que puedan realizarse para poder ser utilizados como instrumentos de comunicación con las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. ANDRES PEREZ PEREA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid a nueve de abril de dos mil veintiuno .

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.614/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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