Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
07-05-2021

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210507-73

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ÁNDALUCÍA

73
Granada. Sala de lo Social. Procedimiento 148/2021

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

D./Dña. Laura Tapia Ceballos, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo social sede Granada.

Certifico: En el recursos de suplicación número 148/2021se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Magistrados Iltmos. Sres D. Fernando Oliet Palá, D. Jorge Luis Ferrer González y D. Rafael Fernández López.—En Granada, a ocho de abril de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía compuesta por los Iltmos Sres. citados y en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia, en el recurso de Recursos de Suplicación 148/2021 interpuesto por EMILIA DE LA FUENTE MARTÍN contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social Nº4 de Granada, en fecha 25/11/2019, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Jorge Luis Ferrer Gonzalez.

En la ciudad de Granada a ocho de abril de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 148/2021, interpuesto por EMILIA DE LA FUENTE MARTÍN contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. núm. 4 de Granada, en fecha 25/11/2019, en Autos núm. 194/2019, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jorge Luis Ferrer González.

FALLAMOS

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por EMILIA DE LA FUENTE MARTÍN contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Granada, en fecha 25/11/2019, en Autos núm. 194/2019, seguidos a instancia de EMILIA DE LA FUENTE MARTÍN, en reclamación sobre despido, contra NIKOPING DEVELOPMENT SL, COMPAÑÍA REGIONAL DE AUTOSERVICIOS SA, GESTIÓN Y SELECCIÓN DE PERSONAL ETTS SL, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE FRANCISCO SUAREZ SA, SENSEPERFUM SL, FRANCISCO JOSÉ SUÁREZ DÍAZ, FRANCISCO SUÁREZ SA, SERVIWORK EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL SL, y LABORARIA ETT SCA, debemos confirmar y confirmamos la Sentencia recurrida.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, con advertencia de que contra la misma puede interponerse Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina que previene el artículo 218 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y que habrá de prepararse ante esta Sala dentro de los diez días siguientes al de su notificación, con los requisitos previstos en los números 2 y 3 del artículo 221, debiéndose efectuar, según proceda, las consignaciones previstas en los arts. 229 y 230 de la misma, siendo la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sala la abierta en la entidad bancaria Santander Oficia C/ Reyes Católicos, 36 de esta Capital con núm. 1758.0000.80.0148.2021. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta del Banco de Santander ES55 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar el beneficiario y en “concepto” se consignarán los 16 dígitos del número de cuenta 1758.0000.80.0148.2021. Y pudiendo sustituir tal ingreso por aval bancario solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito, sin cuyos requisitos se tendrá por no preparado el recurso.

Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación a los recurridos GESTIÓN Y SELECCIÓN DE PERSONAL ETTS S.L., y SERVIWORK EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL SL cuyo actual paradero es desconocido, expido la presente para su publicación el BOP.

Dado en Granada a ocho de abril de dos mil veintiuno.

El/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA/LA DE LA SALA

(03/12.898/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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